PLAZA GARAJE: CERRAMIENTO

PLAZA GARAJE: CERRAMIENTO: En principio si el cerramiento de una plaza de garaje no supone ningún perjuicio a los propietarios colindantes, no tiene porqué existir inconveniente en que la obra de cerramiento se lleve a cabo; no obstante si la realización de la obra por uno de los propietarios puede afectar a parte de la ventilación del garaje, por ejemplo, se requerirá entonces autorización de la Comunidad de Propietarios al verse afectados elementos comunes de la misma; el procedimiento adecuado para proceder a la paralización de las obras ya iniciadas será el interdicto de obra nueva siempre que se lleve a cabo en el plazo que marca la Ley: un año.