IMPERMEABILIZACION DE TERRAZAS Y ZONAS COMUNITARIAS: Con carácter general la ejecución de obras necesarias no es sólo un derecho de los propietarios, sino también una obligación de la Comunidad, ya que las comunidades de propietarios tienen el deber de ejecutar todas y cuantas reparaciones y obras sean necesarias, no solo para la adecuada conservación del inmueble, sino también para evitar que la existencia de defectos en los elementos comunes impidan o menoscaben el derecho que los comuneros tienen sobre el goce y disfrute de los elementos privativos. Por ello la Comunidad de Propietarios será responsable de los daños que se les ocasionen a los propietarios individuales por el incumplimiento de su obligación de ejecutar las obras necesarias; así la Comunidad será responsable de las humedades que se ocasionen en vivienda privativa por el incumplimiento de la obligación de conservación o por ausencia de ejecutar las obras necesarias de impermeabilización. Dentro de las obligaciones que tiene la Comunidad en orden a la ejecución de obras de conservación y reparaciones necesarias, se encuentran los balcones porque aunque se encuentren vinculados a un piso, vivienda o local tienen la consideración de elemento común.
Feb 23