IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS: Propietarios legitimados: es conveniente resaltar que nadie puede ir contra sus propios actos, de ahí que los que estuvieron presentes en la Junta de Propietarios habrán tenido que votar en contra y los ausentes, para acuerdos que revistan unanimidad o mayoría cualificada de 3/5 contestar en el plazo de 30 días indicando su …